El republicanismo cívico | El Periódico de Catalunya. ORIOL Bohigas, arquitecto.
A los príncipes republicanos. Gobernanza y desarrollo desde el republicanismo cívico, publicado por el Institut Internacional de Governabilitat de Catalunya y el Instituto Nacional de Administración Pública.
"El republicanismo no se refiere a la forma de Estado, sino a la calidad de la democracia. El mundo está lleno de repú- blicas que ni siquiera son democracias. En cambio, algunas monarquías del norte de Europa contienen regímenes y culturas políticas más próximas a los ideales republicanos". Porque el republicanismo se basa en el establecimiento radical de la igualdad y, por lo tanto, es una forma específica de la democracia o, mejor dicho, la perfección de la democracia.
El republicanismo señala varios puntos fundamentales que pueden parecer muy generales, pero que son específicos:
1) Ningún ser humano debe ser dominado por otro;
2) Todos tienen el deber de construir la asociación política que hace posible la vida libre e igual;
3) La asociación política y la vida cívica preservarán la cohesión social y crearán las condiciones para el ejercicio de la libertad y la virtud;
4) Las leyes y las instituciones son obra humana y, por lo tanto, deben tener una base exclusivamente secular.
Y muchas democracias no cumplen estas condiciones. Por ejemplo, España: no es una república, pero no porque exista un rey, sino porque no se cumplen casi ninguna de esas condiciones o se cumplen escasamente y en circunstancias aleatorias. Así, si la política es el instrumento básico para asegurar la libertad, el republicanismo cívico es el camino para exigir la igualdad; es decir, para lograr una plenitud democrática.
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